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El pasado miércoles, el Senado de la nación aprobó por unanimidad con 58 votos a favor la ley que permitirá la importación y libre acceso al aceite de cannabis para usarlo medicinalmente con ciertos pacientes.

Durante una semana agitada con cambios en el fútbol y en la política, la medicina también tuvo su buena noticia. El Senado de la Nación durante una larga sesión que se realizó el pasado miércoles 29 de Marzo, se aprobó el proyecto de ley que avala el uso medicinal de la marihuana.
El proyecto ya había obtenido su visto bueno por la Cámara de Diputados en Noviembre del año pasado y esta vez fue consensuado por unanimidad con 58 votos a favor por el Senado. Esta normativa les permite a ciertos pacientes poder acceder libremente al aceite de cannabis, que será importado hasta que el Estado logre estar en condiciones de producirlo por su cuenta.
La normativa fue impulsada por diferentes organizaciones civiles, como Mamá Cultiva, integradas por madres de chicos con patologías, fundamentalmente epilepsia, y que usan el aceite de cannabis para poder sobrellevar mejor la enfermedad.
La iniciativa además autoriza la producción, con fines únicamente de investigación, a varios organismos científicos estatales, pero no permite su cultivación particular y se mantendrá la pena de hasta 15 años de prisión en el caso de tener muchas plantas o hasta dos si la justicia determina que son solo para uso personal.
Para evitar el autocultivo de las familias, la ley que será reglamentada autoriza al Consejo Nacional De Investigaciones Científicas Y Técnicas y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria a cultivar cannabis con fines de investigación y para elaborar la sustancia consignada a los tratamientos.
"Ahora tenemos un marco legal en lo que es el uso para la investigación y tratamiento y producción en cannabis medicinal. No había nada en Argentina y fue lo que nosotros como madres y organización encontramos", expresó en el Congreso la presidenta de Cannabis Medicinal Argentina (Cameda), Ana María García.
A su vez, el artículo 8 de la nueva ley prevé la creación de “Registro Nacional Voluntario” y la de un “Consejo Consultivo Honorario”, para controlar el consumo y la cultivación por parte de los pacientes y familiares de pacientes afectados, integrado estos por instituciones, asociaciones, ONG y profesionales del sector público y privado.

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