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Desde el 14 de Diciembre será obligatorio tener el Calendario Nacional de Vacunación al día para poder realizar trámites como la renovación del DNI, Pasaporte y registro de conducir, entre otros.

El Senado sancionó el pasado miércoles 14 de Diciembre una nueva Ley de Vacunas, la misma establece la obligatoriedad y gratuidad en el acceso al servicio de vacunación, principalmente de las vacunas contra enfermedades prevenibles.
La nueva normativa –que actualiza a la Ley 22.909 que está vigente desde 1983- dispone que todos los habitantes deberán contar con el carnet de vacunación completo y al día para poder realizar diferentes trámites, como renovar el DNI, el pasaporte, la licencia de conducir, la residencia y el certificado prenupcial.
El proyecto impulsado por el diputado tucumano Pablo Yedlin, también estipula que el CUV (Calendario Nacional de Vacunación) tendrá que ser presentado para tramitar el ingreso y egreso del ciclo lectivo o para los exámenes médicos por trabajo; en dicho documento tendrán que estar constatadas todas las vacunas.
Las vacunas, que hasta ahora solo los niños tenían que tenerlas obligatoriamente al día y presentar el certificado correspondiente para inscribirse en las escuelas, serán obligatorias para todos los adultos y solo podrán ser aplicadas en los establecimientos habilitados por la Secretaría de Salud (hospitales públicos, privados y farmacias).
Aquellos vacunadores que se nieguen a aplicar la vacuna, falsificar el CUV, cobren por la vacuna o apliquen la vacuna en un lugar no habilitado, se encontrarán en infracción y se les fijará una multa que, según el caso, puede variar entre los 10 y 100 sueldos mínimos, vital y móvil, suspensión por un año o apercibimientos.
El proyecto fue muy bien recibido por varias organizaciones e instituciones como la Fundación Huésped, la Sociedad Argentina de Infectología (SAI), la Sociedad Argentina de Peditría (SAP), la OPS, Unicef Argentina y la Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemología (SAVE).
Entre algunos considerandos de la ley, podemos destacar la justificación de los empleados para faltar al trabajo el día que se apliquen la vacuna, obviamente que con previo acuerdo con el empleador, y presentado la constancia correspondiente.
A su vez se procederá a crear un Registro Nacional de la Población Vacunada Digital, donde se guardarán todos los datos de vacunación de cada habitante del país.
Por último, y no menos importante, la nueva Ley de Vacunas establece al día 26 de Agosto de cada año como el Día Nacional del Vacunador.

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